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viernes, 1 de marzo de 2013

acuerdo institucional deconvivencia


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DIPREGEP  4193
Maipú 132 – Florencio Varela  4255-0387 / 2301     precursor@sajuba.com.ar     www.sajuba.com.ar
 


Florencio Varela, 7  de noviembre de 2012
                   
Instituto SAN JUAN BAUTISTA, DIPREGEP 4193
Modalidades:
-          Técnica
-          Arte: Orientación Artes Visuales

Acuerdo Institucional de Convivencia

  1. Presentación:

El fin de la Institución es crear un clima de estudio apropiado para sus Estudiantes y un ambiente de trabajo armónico para Directivos, Docentes y no Docentes y alumnos. 
Éste es el espíritu democrático que impera en esta institución y en este Acuerdo.
Este Acuerdo inspirado en altos valores humanos, tiene como objetivo formar al alumno a través de toda su dimensión humana, al humanizarlo, personalizarlo e integrarlo en el ámbito de la comunidad Educativa.
De la misma manera, al ayudar a los alumnos a tomar conciencia del vínculo solidario con la Patria y a participar de la mejora, conservación y fortalecimiento de los fundamentos de ese vínculo, para estar dispuesto al diálogo teniendo como fin de alcanzar el bien común.


      2.  Nuestra  historia.

El Instituto San Juan Bautista (DIPREGEP 4193), propiedad del Obispado de Quilmes, nace por iniciativa del Padre Juan Santolín en el año 1966 y se constituye en el “Primer Establecimiento Técnico dentro del Partido de Florencio Varela” (SNEP B – 601) tanto en el Orden Oficial como Privado.
En 1973 se crea el 1er.  año del Ciclo Superior, especialidad Mecánica según Plan 1574/65.
En 1997 el 3er. ciclo de la E.G.B. articula con la Sección Técnica, de acuerdo con la Transformación Educativa dispuesta por las Autoridades de la Provincia de Buenos Aires.
En 1994 el Establecimiento pasa a depender de la Provincia de Buenos Aires, y en 2001 egresan los Primeros Bachilleres en CAD y los primeros Técnicos Electromecánicos, Modalidades que aún hoy se desarrollan en este Instituto.
Para las actividades correspondientes a estas Modalidades se cuenta con Máquinas Herramientas Tradicionales y  C.N.C.; también con un Set de Televisión que permite a los egresados contar  con un nivel acorde a las exigencias actuales de la sociedad.
                        El Instituto cuenta con 24 secciones:
·        12 secciones correspondiente a :
4 Primeros, 4 Segundos, y 4 Terceros años.

·        12 secciones correspondientes a :
4 cuartos, 4 quintos, y 4 sextos años (estos cursos se dividen equitativamente en dos modalidades: Técnica y Artes Visuales.
Los alumnos del Instituto conforman una matrícula de 800 alumnos: de ellos quienes cursan los 1eros, 2dos, y 3ros años del Ciclo Básico, asisten 2 días a contraturno completo, los alumnos de los 4tos, 5tos 6tos años de Técnica asisten 4 días en contraturno completo, y los alumnos de Artes Visuales asisten 3 días en contra turno completo.
El nivel socioeconómico del  alumno es heterogéneo en el contexto de las últimas décadas del siglo XX y del siglo XXI.

3.     Fundamentos

3.1. Por qué la convivencia

          Convivencia significa “con-vivir”, “vivir con otros”, “vivir en compañía de  otros”.  En nuestra Institución queremos crecer como Comunidad de Convivencia.

3.2. Estudiar es importante.

En la escuela Secundaria convivimos los educadores, alumnos, padres y asistentes para promover la Educación Integral de la persona mediante el estudio. La Comunidad Escolar en el nivel secundario es una Comunidad que quiere el crecimiento del joven por medio del estudio.  Vivir en una comunidad de estudio tiene gozo y alegría, así como trabajo y exigencias.
En nuestra sociedad la educación de calidad es un bien esencial para la persona.  En un mundo con poco trabajo y donde se exige cada vez más capacitación, el estudio resulta muy importante porque condiciona fuertemente la inserción social.  Cuidar el clima de estudio es fundamental, porque de poco sirve asistir a una escuela donde no se estudia con seriedad.  
Las pautas de este acuerdo, según corresponda,  son exigibles a Directivos, Docentes, no Docentes, Padres y Alumnos porque está en juego el futuro del joven en un mundo complejo y exigente.

3.3. Un acuerdo entre miembros de la Comunidad

El  Acuerdo Institucional de Convivencia   es un documento  para coordinar  la tarea de estudiar y crecer.  Es un conjunto de principios, pautas, valores, actitudes  y criterios para la acción, cuyo cumplimiento es exigible porque ayuda a que la vida escolar resulte gratificante y educativa de verdad.
Es un Acuerdo porque surge de la libre aceptación, de cada uno, de una serie de derechos y obligaciones. Los derechos y obligaciones, que acordamos en este documento, es aquello a  los que nos  comprometemos a cumplir como   comunidad en nuestra tarea de enseñar y aprender.
Cuando aceptamos libremente pertenecer a la escuela, ya sea como directivos, como Docentes, como no Docentes,  como Padres o como Alumnos reconocemos una serie de derechos, es decir, aquello que legítimamente cada uno espera y puede exigir de los otros y a su vez implica reconocer obligaciones,  o sea lo que cada uno se compromete a cumplir frente a los integrantes y pueden exigírnoslo.

3.4. Medidas reparatorias

Cuando alguien no cumple una norma, es sancionado. Muchas veces, cuando hablamos de sanciones, pensamos en castigos
Son dos conceptos diferentes.-  Los castigos son penas que aplica la autoridad para que el castigado se eduque por el dolor.  Pero nosotros sabemos que el dolor, por el dolor mismo, no necesariamente lleva  a una toma de conciencia ya un cambio de comportamiento, tal vez conduzca al resentimiento.
En la Comunidad Educativa entendemos a las sanciones de otro modo.  Cuando alguien no cumple con lo debido frente a la comunidad, hay consecuencias lógicas previstas en el Acuerdo Institucional de Convivencia.  Esas consecuencias no dependen de la decisión arbitraria de una autoridad, porque están previstas en un Acuerdo que todos aceptamos libremente.
Aceptamos cumplir esas pautas de convivencia sabiendo que cualquiera de nosotros puede equivocarse, sea joven o adulto, y que si nos equivocamos aceptamos también las consecuencias previstas en este acuerdo. ¿Por qué las aceptamos?  Porque nos interesa a todos cuidar la convivencia y el estudio.  La sanción como consecuencia lógica y no como castigo, es un recurso, una señal de alerta preventiva para reinsertarnos en la comunidad y para aprovechar mejor el juego serio de la educación.  La sanción así entendida no busca castigar o excluir a nadie del juego.  Busca preservar a los jugadores y al juego mismo, con todo lo que tiene de exigencia, goce y desafío.
Esta visión de la sanción como señal y no como castigo intenta superar el dilema normas vs.  libertad.  Aceptamos restringir parte de nuestra libertad de maniobra para alcanzar una libertad superior:  una libertad creativa.

3.5.           Resolución de conflictos en nuestra Comunidad.

Optamos por implementar procedimientos que garanticen que ante la transgresión de las pautas se tenga en cuenta la falta, la causa y el contexto, al escuchar a los protagonistas  y conocer las razones de sus actos, pues la aplicación de mecanismo de diálogo y de mediación son elementos para la solución de conflictos, para que el/los alumno/s ejerzan el derecho a su legítima defensa.

3.6.           Marco Legal.

Para la construcción y confección de este  Acuerdo Institucional de Convivencia, se tuvo en cuenta el marco conceptual y normativo  proporcionado por las siguientes leyes nacionales y provinciales:

3.6.1.     Constitución de la Nación Argentina (artículos 14; 16; 18 y 41).
3.6.2.     Ley de Educación Nacional Nº 26.606/06.
3.6.3.     Ley de Educación Provincial Nº 13.688/07.
3.6.4.     Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061/05.
3.6.5.     Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños/as   Nº 13.298/05.
3.6.6.     Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

En el marco de la Ley de Educación Nacional Nº 26.606/06 y de la Ley de Educación Provincial Nº 13.688/07 nuestra Institución tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes  para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios.

4        Proceso de elaboración y pautas

La elaboración de este documento se realizó tomando como base la resolución 1709/09 y anexos, donde la convivencia solo es posible respetando la esencia humana y los valores de la libertad, la justicia y el consenso. Por tales fines se hace imperiosa la prudencia ante las diversas problemáticas que puedan surgir en el proceso de convivencia institucional, tomando como principio rector el dialogo ante los excesos para seguir construyendo estrategias inclusivas ante conductas no esperadas. La Institución educativa, arbitrará los medios para que en conjunto con la familia, él o los alumnos resuelvan su situación escolar, con el objetivo de no obstaculizar la normal simetría entre enseñanza y aprendizaje del resto de los alumnos.
En distintas instancias, Directivos, Docentes, no Docentes, Padres y Alumnos participan de la elaboración y consenso del Acuerdo Institucional de Convivencia, para mantener la esencia de nuestra misión:   “Contribuir al crecimiento pleno de la persona”.
Al reconocer a la familia como célula educadora por excelencia, con obligaciones y responsabilidades indelegables estatuidas por la ley civil, la Comunidad Educativa San Juan Bautista al ser coeducadora, trabajará con los jóvenes para lograr:

a.      El crecimiento del joven  como persona mediante el conocimiento de la vida y las enseñanzas de Jesús.
b.      Inserción del joven en la Universidad y en el mundo del trabajo mediante el estudio.
c.      La  incorporación del joven en la sociedad como ciudadano responsable.

SECCION I

5.      Ámbito de  aplicación

Las normas se  aplicarán en la totalidad del ámbito y desarrollo escolares, entendiéndose por éstos, toda vez que sus miembros representen a la institución  participando tanto en ceremonias religiosas, en actos patrios, como en actividades culturales, intelectuales, deportivas y/o recreativas ya sea dentro o fuera del edificio institucional.

Los integrantes de la comunidad educativa, que incluye a todos los actores, y los entiende como un solo cuerpo, como sujetos de derechos, son titulares de derechos y obligaciones que deberán articularse entendiendo la necesaria correspondencia de unos con otros.
Los integrantes de la comunidad educativa deben llevar adelante un proyecto compartido y de cooperación en el que cada uno deberá asegurar los derechos y obligaciones que les asignan las normas, consensos y compromisos establecidos vigentes y deberán contribuir a la construcción de una cultura Institucional democrática para alcanzar los fines de la institución.

El régimen normativo del presente acuerdo será de aplicación en los siguientes lugares:
-         Dentro de la Institución.
-         En las cercanías de la Institución.
-         En cualquier momento y lugar donde el integrante de la Institución se encuentre representando a esta, o por mandato de esta, o realizando alguna actividad organizada por esta.
-         Trato personal: Nuestra Institución valora el trato cordial por parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa. Por lo tanto no se aceptara el maltrato ni la agresión  entre personas, ya sea de índole verbal, escrito, o físico.
-         Hábitos de conducta: Promovemos un clima de paz y armonía acorde a nuestros principios pedagógicos, fortalecer la autonomía y el compromiso por el bien común, prevenir todo signo de violencia que comprometan la integridad física personal o de terceros.
-         Cuidado de las Instalaciones: Deseamos y esperamos observar en las personas de nuestra institución, una actitud respetuosa y responsable que también debe manifestarse en el cuidado y la limpieza de todo el mobiliario y los espacios compartidos. Por ello esperamos que toda conducta tienda a preservar los hábitos de higiene. Por lo tanto serán consideradas faltas las siguientes acciones:
·        Escribir, dibujar, pintar o tallar con cualquier instrumento cualquier parte del edificio escolar, o de sus muebles, o de las proximidades del mismo.
·        Deteriorar o destruir, total o parcialmente, cualquier material didáctico del establecimiento.
·        Ensuciar deliberadamente o salivar fuera de los sitios adecuados.
·        Causar cualquier otro deterioro no contemplado precedentemente.
-         Normas: Los valores enunciados en el presente Acuerdo Institucional de Convivencia hacen inaceptable todo hábito o conducta que pueda molestar o perjudicar a otras personas, y de acuerdo a sus características, al daño ocasionado y el perjuicio a los demás, serán consideradas como faltas leves, moderadas, graves y muy graves.
-         Integración: El Instituto admite entre sus integrantes a toda persona respetuosa de sus ideales, de su estilo educativo y de sus normas de convivencia. Por ello, no acepta ningún tipo de discriminación fundamentada en el sexo, la nacionalidad, el estado civil,  la ideología, la creencia religiosa, o las cualidades físicas de las personas, siempre que sus aptitudes intelectuales le permitan acceder al nivel o al rol al que aspira ingresar.
-         Uso de teléfonos celulares (Resolución Nº 1728) Está prohibido en todo el Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires la utilización de teléfonos celulares al personal docente y a los alumnos de las instituciones escolares.
-         Socialización de Acuerdo Institucional de Convivencia y participación: El presente acuerdo debe ser socializado permanentemente con los distintos actores de la comunidad educativa.


SECCION II

5.1  Medidas con las transgresiones

Todos sabemos la urgencia de cultivar los modos democráticos de convivencia: respetar las opiniones ajenas, fomentar el diálogo sereno y constructivo, edificar entre todas unas sociedades más perfectas y justas.
Para que haya diálogo auténtico, se requiere un clima de distensión y mutuo respeto; clima libre de crispación originada por posiciones  belicosas de ataque y defensa.
Al pertenecer a esta Comunidad educativa, cuya raíces están insertas en la  Escuela  Técnica, se debe recordar que la búsqueda de soluciones hay que hacerla dentro de los límites del hombre y de las buenas costumbres, y considerar como un límite infranqueable la vida propia y ajena en todos su aspectos (físico, psíquico, moral).
De ello surge la necesidad imperiosa del respeto y cuidado hacia todos y a todo.
La Institución San Juan Bautista presenta su régimen disciplinario como constancia final de un proceso previo de reflexión y concientización acerca de la acción cometida por el alumno.
El régimen disciplinario está ideado en función de los altos valores humanos y, las sanciones contenidas en él son elementos correctivos y no represivos, con un carácter marcadamente preventivo.

5.1.1.

Los alumnos serán sancionados si infringen las disposiciones acordadas en el A.I.C. (Acuerdo Institucional de Convivencia).  Los ejemplos de  faltas  expresados en este Acuerdo, cumplen simplemente esa función, de ningún modo son enunciaciones taxativas.

5.1.2.

Las faltas se clasificarán de la siguiente manera: LEVES, MODERADAS, GRAVES y MUY GRAVES.

Leves: son aquéllas que alteran levemente el normal funcionamiento de la convivencia escolar.  Por ejemplo: mascar chicle en cualquier dependencia del Instituto; usar el celular en clase; utilizar maquillaje excesivo, etc. Estas faltas se fundamentan sobre la base de las alteraciones que pudiesen ocasionar tanto entre los propios alumnos y o el personal del establecimiento y en razón de las molestias o afectaciones que pudiesen generar susceptibilidades.
Moderadas: son aquellas que alteran  el funcionamiento normal en la convivencia escolar.   Por ejemplo: usar aros, piercing o similares; cabello largo (varones) y cabello largo no recogido (mujeres), cabello con cortes  extravagantes al igual que el peinado, el arreglo e higiene personal; no vestir  o usar incorrectamente el uniforme del colegio; etc. A efectos de evitar accidentes en todo momento, sobre todo en horas especificas del desarrollo de los talleres, frente a maquinarias y ante la utilización de herramientas.
Graves: son aquellas que imponen una alteración del orden de la convivencia escolar y una transgresión al Acuerdo Institucional de Convivencia (A.I.C). Por ejemplo: evadir horas de clases; faltar el respeto a símbolos patrios, religiosos, etc.; traer al establecimiento elementos que alteren el normal desenvolvimiento y desarrollo de la convivencia institucional, al igual que exhibir insignias, emblemas, etc.  que ofenda a la moral y las buenas costumbres, etc.
Muy graves: son aquéllas que pueden poner en peligro la seguridad integral de su persona, la de sus pares, la del resto de la Comunidad Educativa o la de la Institución misma.  Por ejemplo: retirarse del Instituto sin autorización; faltar el respeto a los integrantes de la Comunidad Educativa y a sus investiduras; fumar en el Instituto o en sus dependencias; beber y/o traer al Establecimiento  o a sus dependencias  bebidas alcohólicas o energizantes; ejercer actos de violencia física y/o psíquica con cualquier integrante de la comunidad; etc.
Se recuerda que todos los ejemplos presentados en la clasificación anterior de las faltas, fueron expresados como referencias simplemente ejemplificadoras y NO  taxativas.-
Las sanciones pueden ser solicitadas por Personal Directivo, Docente o Auxiliares y determinadas por los integrantes de la Comunidad Educativa, según corresponda.

5.1.3.

Graduación de sanciones

1)        Breves y moderadas: 3 (tres) apercibimientos en forma escrita equivale a una falta grave, con citación a los padres, sirviendo de notificación fehaciente en caso de reincidir, el alumno, en nueva falta leve o moderada correspondiéndoles sanción graduada en falta grave.
2)       Faltas graves: de 3 a 10 amonestaciones más reparación del daño.
3)       Faltas muy graves: -de 10 a 15 amonestaciones-  Suspensión, si la situación lo amerita, con criterio inclusivo y reflexivo (en concordancia con el articulo 28 A de la Ley de Educación Provincial 13.688/07) con aviso al/a inspector/a.

5.1.4

Criterios para su aplicación.

Equidad: La sanción deberá ser acorde a la falta cometida.-
Gradualidad: Deberá meritarse en cada caso, de acuerdo a los informes de quien cometa la falta.-
Contextualización: Al sancionar se tendrá en cuenta la circunstancia, las personas involucradas y las consecuencias.-

Al ser los padres los primeros educadores de los alumnos y desempeñar un rol protagónico en el proceso educativo, los obliga a un fuerte compromiso y a una comunicación clara con el resto de la Comunidad Educativa, a través de:
·        La lectura y debida notificación del cuaderno de comunicaciones y boletín de calificaciones.
·        Asistencia a las reuniones convocadas y a citaciones emitidas por personal del Instituto (Directivos, Docentes, Secretarios, preceptores) en tiempo y forma.
·        Notificación de las sanciones disciplinarias en tiempo y forma.

SECCION III

5.2

Consejo Institucional de Convivencia:

El Instituto san Juan Bautista propiciara la participación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa en el tratamiento y resolución de las problemáticas de convivencia escolar.
Esta participación se canalizara mediante cuerpos colegiados de carácter consultivo y deliberativo frente a instancias de carácter decisivo y ejecutivo, a tal efecto se conformará el Consejo Institucional de Convivencia.-

CONSTITUCION DEL CONSEJO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA:
A)     Tres profesores representantes de los docentes del establecimiento.
B)     Tres alumnos representantes.
C)    Un representante del equipo de preceptores.
D)    El director del establecimiento o quien designe del equipo directivo en su reemplazo (vicedirector, regente, secretaria)

Son funciones del Consejo:

Específicamente el consejo tendrá la misión de asesorar a la Dirección en cuanto a la elaboración, aplicación y redefinición del presente acuerdo: Discutir cuestiones referidas a la convivencia escolar, proponer las acciones a implementar frente  a la resolución de los diferentes conflictos.
El consejo se reunirá cada mes con el objetivo de cumplir con sus funciones específicas.
Podrá ser convocado extraordinariamente cuando la Dirección lo estime conveniente.

Consejo de Profesores Orientadores
    
Integrado por el conjunto de docente responsables de cada curso. Serán los gestores en la integración de los alumnos en la comunidad educativa. Se ocuparan de detectar los conflictos y buscaran soluciones pertinentes por los medios adecuados. Promoverán la motivación y el protagonismo y serán lazos de unión entre alumnos, docentes, equipo directivo y familia.

Consejo de Alumnos delegados de Cursos:
 
Estará constituido por alumnos de cada año, elegidos en forma democrática por sus compañeros.

Perfil del alumno delegado:
·        Solidario: debe ser sensible a las necesidades del grupo que representa y tendrá un accionar en procura del bien común.
·        Comunicativo: actuará frente a las autoridades de la escuela como transmisor del sentir adolescente.
·        Ecuánime: porque deberá ser capaz de debatir con fortaleza la convicción de sus posiciones, pero con apertura frente a posturas opuestas.

Trataran temas referidos a sus necesidades en conjunto con los docentes orientadores. Serán voceros de las inquietudes de sus compañeros de curso ante el equipo directivo.

SECCION IV

5.3

Planificación de instancias de revisión y ajustes periódicos del Acuerdo Institucional de Convivencia.

Se especificará que el cuerpo, los consensos alcanzados y especificados, el espíritu y las funciones del Acuerdo Institucional de Convivencia, estará sujeto a una revisión periódica, la cual se estipula se realizará de forma anual.
La primera revisión y los ajustes a realizar si los hubiese se efectuarán en los días posteriores al inicio de cada ciclo lectivo, entre los meses de marzo y abril de cada ciclo.
En estas instancias se dará parte a todos los actores que forman parte del cuerpo de nuestro Acuerdo Institucional de Convivencia. Así como también; posteriormente y acontecidas las revisiones y ajustes se dará plena difusión de las mismas.
                                

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